¿Quién paga la baja laboral de un trabajador?
Uno de los mayores miedos de los trabajadores es el momento de coger una baja laboral, por el miedo a lo que sucederá con su puesto de trabajo o a la prestación económica que dejará de recibir. Por eso desde el despacho de abogados García y Prieto queremos ayudaros a dejar algunos conceptos más claros.
Obtención de la baja laboral.
La baja laboral debe ser concedida por un médico que haya evaluado al trabajador. El médico es el encargado de realizar un parte de baja, que deberá ser entregado a la empresa en un plazo de 3 días.
Una vez la empresa haya sido notificada con el parte médico debe hacérselo llegar a la Mutua en un plazo de 5 días. Durante todo el periodo que dure la baja laboral, la empresa deberá seguir pagando al trabajador.
Dependiendo de si se trata de una baja por contingencias comunes o profesionales y el momento en el que suceda, el coste será asumido por la Mutua o por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
¿Quién paga la baja laboral?
- Incapacidad temporal por contingencias comunes.
Las contingencias comunes hacen referencia a enfermedades comunes o por accidentes no laborales. En este caso el cobro de la baja comienza a partir del día 4. Desde este día y hasta el día 15 (ambos inclusive) se abona el 60% de la base de cotización del mes anterior al de la baja. Desde el día 16 al 20 el pago es del 60%, pero el pago lo efectuará la Mutua o el INSS. Desde el día 21 y hasta el alta médica se abonará el 75%.
- Incapacidad temporal por contingencias profesionales.
En caso de que la baja laboral se haya producido pro un accidente laboral se recibirá el 75% desde el primer día. En este caso la empresa pagará solamente el primer día, el resto de los días que dure la baja laboral lo abonará la Mutua.
Si quieres más información o estás teniendo problemas con la prestación por baja laboral, no dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho de abogados García y Prieto abogados. ¡Te solucionaremos todas tus dudas!