¿Qué hacer si el causante del accidente de tráfico se da a la fuga?

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Los accidentes entre vehículos o con los peatones se complica si el causante se da a la fuga, esto no quiere decir que no podamos reclamar, tengamos o no la matrícula del vehículo. Con carácter general en un accidente de tráfico se podrá reclamar tanto los daños materiales sufridos como corporales .En el caso de no obtener la matrícula del vehículo contrario quien paga es el Consorcio de Compensación de Seguros. La actual redacción de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal regula la omisión del deber de socorro en su título IX (artículos 195 y 196).

La mayoría de los causantes alegan miedo o estado se shock, pero normalmente este tipo de accidente suele llevar escondido algo más grave, como son conducir bajo los efectos del alcohol, estupefacientes, conducción sin carnet o seguro y conductores que no han pasado la ITV, estas son las principales causas por las que se producen estas escapadas.

Cuando  se sufre este tipo de accidentes es importante ir a urgencia y obtener un parte de lesiones médicas antes de pasar 72 horas desde que se produjo, la colaboración de las personas que se encontraban en el lugar también será de ayuda, de hecho pueden jugar un papel fundamental y llamar a la policía para que pueda registrar el lugar del accidente con su correspondiente atestado.

Si te surgen estas preguntas, ¿Qué tramites debo realizar para reclamar este tipo de indemnización? ¿Quién me cubre en caso de huida?¿Qué ocurre si el causante no tiene seguro? García y Prietos abogados te asesorara durante todo el proceso para reclamar la máxima indemnización.

 

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