Indemnización por intervenciones quirúrgicas a causa de un accidente de tráfico

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Si como consecuencia de un accidente de tráfico has sufrido lesiones de cierta gravedad y ha sido necesario operación, debes de saber que tienes derecho a indemnización.

Pueden establecerse varios tramos indemnizatorios en función de “grupos de intervenciones quirúrgicas” basados en el nomenclator de la Organización Médica Colegial (OMC).

Una vez sepamos el grupo quirúrgico ya podremos hacer la reclamación según los siguientes tramos indemnizatorios:

  • Grupo quirúrgico 0: 400-500€
  • Grupo quirúrgico I: 501-600€
  • Grupo quirúrgico II: 601-700€
  • Grupo quirúrgico III: 701-850€
  • Grupo quirúrgico IV: 851-1.000€
  • Grupo quirúrgico V:001-1.150€
  • Grupo quirúrgico VI:151-1.300€
  • Grupo quirúrgico VII:301-1.450€
  • Grupo quirúrgico VIII:451-1.600€

La indemnización por intervención quirúrgica, es un concepto aparte y puntual, que no se solapa con ningún otro. Dicho de otro modo:

  • Los días de hospitalización que requiere dicha operación se pagan aparte de la intervención quirúrgica.
  • Las secuelas derivadas de dicha intervención o daños estéticos, también se indemnizan de forma independiente.
  • Si el accidentado se sufraga la operación, podrá reclamar dichos gastos sin que se superpongan con este concepto

En el caso de que no le haya quedado algo claro, lo mejor siempre va a ser contar con asesoramiento experto y con experiencia en casos relacionados.

En García y Prieto Abogados tenemos amplia experiencia en reclamaciones de cualquier indemnización relacionada con accidentes de tráfico y, en particular, con indemnizaciones por las operaciones quirúrgicas al que el accidentado pudiera haberse sometido. No dudes en ponerte en contacto con nosotros, primera consulta gratuita, analizaremos su caso, con el fin de obtener una indemnización justa y adecuada para cada tipo de accidente de tráfico.

952 22 00 80 | 669 42 77 47

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